Libelo de sangre

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CAPÍTULO 25 Procedimiento sumario

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CAPÍTULO 25Procedimiento sumario

Cuando Damián Palacios marchó, el comisario corrió al despacho de don Gaspar Barrionuevo de Peralta, inquisidor residente en Corte, a quien encontró arrodillado en un reclinatorio.

—Recién formulan una denuncia de calado, don Gaspar. Acusan a un escribano del número y a su esposa de los Crímenes del Ritual.

—¡Por los misterios del santo rosario! —exclamó el aludido, incorporándose de un salto—. ¡Cuán venturosa llegada la vuestra, comisario! Precisamente estaba rogando a Dios un cabo del que tirar.

—Congratulémonos, entonces, porque Dios ha atendido vuestra petitoria —sonrió el comisario.

—¡Ojalá! O resolvemos este asunto o la Suprema nos llamará a capítulo. Decidme: ¿a qué escribano acusan?

—A Sebastián Castro. También inculpan a su esposa, Margarita Carvajal.

—¿Sebastián Castro? —repitió don Gaspar, frunciendo el ceño—. He oído hablar de él. Aunque acredita limpieza de sangre, el Santo Oficio recela de su pasado. Toledo lo ha rondado varias veces, pero ha sido en vano. ¿Quién le ha denunciado?

—Un cerero. Al parecer, el escribano le compra las velas.

—¿Existen rencillas personales que sugieran una venganza?

—No, señoría —contestó el comisario, tendiéndole el pergamino que acababa de rubricar Damián Palacios—. El denunciante describe conductas peculiares de los Castro y los involucra en los Crímenes del Ritual. El temor a una camarilla judía perpetrando animaladas en Madrid ha exaltado la imaginación del pueblo y quizá lo relativo a los Crímenes del Ritual encierre más fábula que verdad, pero, a mi entender, merece la pena ahondar en la cuestión.

—Por descontado que merece la pena ahondar en la cuestión —corroboró don Gaspar, leyendo el texto—. Aquí se mencionan negativas a comer cerdo y ultrajes a la sagrada forma. ¿A eso denomináis «conductas peculiares»? A mí se me antojan herejías manifiestas perfectamente atribuibles a los responsables de los Crímenes del Ritual. Abrid una investigación y apremiad los trámites. Quiero iniciar el procedimiento de inmediato. Si se trata de los asesinos, no hay tiempo que perder.

—No resulta sencillo apremiar los trámites ni mucho menos iniciar el procedimiento. Considerando la entidad del delito y la relevancia social de los sospechosos, nos interesa obtener una prueba plena. Eso demanda dos testigos y nosotros solo disponemos de un único testimonio aportado encima por un asiduo de mentidero.

—El procedimiento se dilata o se comprime según convenga y en este caso nos urge aliviar las burocracias. No teníamos nada y la Providencia nos ha ofrecido algo. Aprovechémoslo.

—Aprovechémoslo… respetando el procedimiento —apostilló el comisario.

—Respetemos el procedimiento, pero no nos extraviemos en él —replicó don Gaspar en tono severo.

—De acuerdo —suspiró el comisario, resignado—. Abreviaré las diligencias en lo posible.

—¿Sabemos la procedencia del anónimo?

—Desafortunadamente, no. Es una cuartilla desastrada y, salvo el paradero de las víctimas, no nos ha proporcionado ninguna pista adicional.

—No nos ha proporcionado ninguna pista adicional porque carecíamos de un sospechoso a quien vincularlo. El autor de ese mensaje manejaba mucha información; demasiada.

—¿Os referís a que el autor del mensaje es el autor de los crímenes?

—A eso me refiero.

—Pero ¿para qué iba a facilitarnos la labor el asesino participándonos el paradero de sus víctimas?

—Está muy claro, comisario. Para enarbolar la victoria de Lucifer y demostrarnos la debilidad del bien frente al mal. En consecuencia, buscad relación entre el anónimo y los Castro o su entorno: tipo de papel, pluma, caligrafía y matices del estilo.

—Presto me pongo a ello.

—Indagad también sobre las negativas a comer cerdo y el ultraje a la santa cruz. Si verificamos esos episodios, estaremos en condiciones de encausar a los Castro. Ya en lares judiciales, podremos consagrar todos los mecanismos que la ley nos ofrece para determinar si de veras han cometido los Crímenes del Ritual o si se trata de un barrunto de mentidero.

—Hoy mismo comenzaré a explorar el terreno.

—Exijo discreción absoluta, comisario. Los Castro no deben percatarse de nuestro acecho.

—Ardua tarea postuláis, señoría. Aunque he advertido al denunciante que las transgresiones del secreto inquisitorial se castigan, auguro un pronto estallido de la rumorología.

—Augurio que nos obliga a apurar el arresto y evitar una muy probable fuga de los sospechosos. Mientras gestionáis los preliminares, yo formaré pieza sumaria.

—¿No solicitaréis dictamen a los calificadores? —preguntó el comisario, sorprendido.

—Lo considero innecesario. La herejía asoma nítida y no preciso que los calificadores me lo confirmen.

—La herejía no asoma lo suficientemente nítida como para prescindir del dictamen de los calificadores, don Gaspar. Es imperativo que valoren el caso.

—Si, tras valorar el caso, lo reputan libre de pecado, no podremos actuar contra los Castro, comisario, y no consentiré que sus disquisiciones filosóficas me trunquen la oportunidad de resolver este espinoso asunto.

—Entonces, quebrantaréis el procedimiento.

—No me jeringuéis más con el procedimiento, ¡caramba! Os reitero que hemos de aliviar las burocracias y la burocracia de los calificadores me parece susceptible de bastante alivio. Los inquisidores somos tan teólogos como esa recua de engreídos y estamos igual de capacitados para identificar la herejía. Me sobra, pues, su dichoso dictamen. Cuando levanten el salvonor de la poltrona, salgan a la calle y la limpien de renegados, les prestaré mientes, pero, mientras nos toque a nosotros tragarnos el hueso, no daré pábulo a sus soliloquios de salón.

Los calificadores eran teólogos de reconocido prestigio responsables de examinar los supuestos que los inquisidores sometían a su criterio; o bien determinaban ausencia de pecado, o bien declaraban existencia de comportamiento herético, existencia que enmarcaban en cuatro niveles de certeza: sospecha leve, sospecha vehemente, sospecha vehementísima y, la peor, sospecha de herejía formal.

Los inquisidores decidían qué casos suscitaban dudas y demandaban dictamen de los calificadores y qué casos asomaban tan claros que no demandaban ningún dictamen. Sin embargo, la norma les exigía pedirlo en los casos de extrema incertidumbre y, como tenía carácter vinculante, si sus letras estipulaban inexistencia de herejía, el pleito no se podía sustanciar, restricción esta que encorajinaba a los inquisidores, en absoluto acostumbrados a ver sus apreciaciones ni discutidas ni mucho menos enmendadas.

—No pretendo jeringar, sino proteger nuestros intereses —rebatió el comisario—. El tribunal que resuelva los Crímenes del Ritual cosechará los laureles de la Suprema y, si logramos involucrar a los Castro, los arribistas de Toledo invocarán su jurisdicción sobre Madrid e intentarán juzgarlos allí. No vulneremos el procedimiento porque, de hacerlo, les quitaremos piedras del camino.

—¿Arribistas de Toledo? Controlad la lengua, comisario. Estáis hablando con un embajador de Toledo.

—Me consta, señoría. Pero también me consta que vuesa merced discrepa tanto como un servidor del denigrante trato que Toledo dispensa a Madrid.

—No os falta razón —admitió don Gaspar—. Discrepo categóricamente.

—Esta ciudad precisa un tribunal inquisitorial propio y la resolución de los Crímenes del Ritual nos lo puede procurar. Si descuidamos el rigor procesal, brindaremos a Toledo una excusa magnífica para arrebatarnos la competencia en el litigio y perderemos la oportunidad de conquistar la independencia.

—De acuerdo —claudicó don Gaspar a regañadientes—. Rendiré pleitesía a los calificadores y, cuando confirmen la existencia de herejía, porque de seguro la confirmarán, pediré a don Pedro de Cifuentes que curse la acusación.

—¿Don Pedro de Cifuentes, el fiscal de la Suprema? —exclamó el comisario, escandalizado—. Eso resultaría muy ofensivo, señoría. Pedir al fiscal de la Suprema que curse una acusación equivale a pedirle al Rey que escobe su alcoba.

—¿Se os ocurre otra opción? La acusación ha de cursarla un fiscal, Toledo remolonea en el nombramiento de fiscales residentes en Corte y, hoy por hoy, Cifuentes es el único fiscal inquisitorial de Madrid.

—Palabra de honor que no comprendo la desidia toledana —bufó el comisario—. Nos urge un fiscal, ¡por el amor de Dios! El fiscal de la Suprema no puede andar enfangado en menesteres de covachuelista.

—A golpe de mar, pecho sereno —aseveró don Gaspar, encogiéndose de hombros—. Tenemos lo que tenemos.

—O sea, nada. Este pobre tribunal solo tiene el día y la noche.

—También tiene a don Pedro de Cifuentes —bromeó don Gaspar—. Y de momento pienso servirme de él. Después el cielo proveerá. Hemos concluido, comisario. Iniciad las pesquisas. Yo me encargaré de los calificadores, explicaré la situación al fiscal y luego recabaré la venia de la Suprema para sustanciar el procedimiento en Madrid. Así neutralizaremos el presumible amago toledano de agenciárselo.

Tal como vaticinó don Gaspar, a las dos semanas de solicitar el dictamen de los calificadores, estos decretaron «sospecha vehementísima de herejía» y recomendaron el inmediato encausamiento de los investigados.

Cumplimentado este trámite, el fiscal formuló acusación contra Sebastián y Margarita y solicitó el arresto preventivo de ambos.

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