Libelo de sangre

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CAPÍTULO 45 Acusación

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CAPÍTULO 45Acusación

Una gélida mañana de mediados de febrero, el inquisidor en Corte ordenó el traslado de Sebastián y Margarita al convento de Atocha.

Tras sufrir otro tortuoso periplo en las sillas de manos, los condujeron a la sala donde se habían desarrollado las amonestaciones e, igual que entonces, Sebastián entró primero.

—Sebastián Castro, tal y como este tribunal os anticipó, vuestro pertinaz silencio durante el trámite de amonestaciones ha provocado una acusación formal —anunció el inquisidor—. A continuación, de conformidad con la normativa vigente, don Pedro de Cifuentes, fiscal del Consejo Supremo del Santo Oficio y promotor fiscal en los presentes autos, os participará los cargos que pesan sobre vos y las pruebas garantes de los mismos. Tiene la palabra el promotor fiscal.

El aludido se levantó, desenrolló un legajo y comenzó a leerlo.

—Reverendos señores, licenciado don Gaspar Barrionuevo de Peralta, inquisidor apostólico contra la herética y apostática pravedad del arzobispado de Toledo, residente y ejerciente en la Villa y Corte de Madrid y Su Tierra, y licenciado don Juan González de Centeno, comisario de Corte: yo, licenciado Pedro de Cifuentes, comparezco ante sus señorías en mi condición de promotor fiscal del proceso de fe abierto contra el bachiller Sebastián Castro, cristiano o dícese tal, escribano del número de la villa de Madrid, preso en cárcel inquisitorial y aquí presente, interpongo acusación criminal y, en la mejor vía y forma de derecho que puedo y debo, la planteo escindida en tres artículos que rezan del siguiente tenor.

Engrilletado, desastrado, acongojado e intrigado, Sebastián no perdía detalle. Llevaba semanas elucubrando el motivo de aquel delirio y al fin había llegado el momento de averiguarlo.

—Artículo uno —continuó el fiscal—. Digo y propongo que Sebastián Castro, reo, criminoso y, según fama, converso en alguna parte de su progenitura, judaizó, hereticó y apostató de la fe católica honrando la ley de Moisés.

»Digo y propongo que fingió una vida en amor a Dios Nuestro Señor y se sirvió en vano de los sagrados sacramentos en oprobio y menosprecio de la Iglesia, y ello con el avieso afán de no ser visto ni sentido en la consumación de contuminosas prácticas y de evadir así la censura de la justicia divina que la Inquisición administra santa y rectamente.

»En este marco circunstancial, digo y propongo que Sebastián Castro no ingiere alimentos vetados por la Torá, respeta el shabat, observa los hábitos de cocina, aseo e iluminación previos al mentado shabat y se somete a los ayunos hebreos, en particular, al del llamado Día del Perdón o Yom Kipur.

Sebastián quedó atónito. ¿De dónde diantres sacaban que no ingería alimentos prohibidos a los judíos cuando todo aquel que lo conocía sabía de su afición a los torreznos? ¿Le habría denunciado Damián Palacios tras el episodio del puerco? ¡No, no! Se le antojaba imposible. Además, también lo acusaban de respetar el shabat y eso en nada concernía al cerero. Pero ¿por qué lo acusaban de respetar el shabat si a nadie se le escapaba que él faenaba los sábados? ¿Y a qué hábitos de cocina, aseo e iluminación se referían?

—Artículo dos. Ítem, digo y propongo que, a instancia de Belcebú y con nulo temor de Dios, Sebastián Castro, reo y criminoso, reniega y blasfema de Jesucristo redentor, de su gloriosa madre, de sus santos y de sus mártires infamando y vilipendiando las sagradas formas. En concretando, digo y propongo que les dispensa tratos denigrantes e ignominiosos, las arroja al suelo, las golpea, las escupe y les dedica burlas deshonestas, vejatorias e injuriosas.

Sebastián no salía de su asombro. Le involucraban en el incidente del crucifijo y ni siquiera estaba en casa cuando ocurrió.

—Como prueba de los abominables actos descritos en los artículos uno y dos arriba reseñados, se aportan múltiples testimonios. No obstante, la fiscalía se reserva la identidad de los testigos al objeto de evitar represalias contra ellos y, en general, aprensiones en la ciudadanía que pudieren coartar su ánimo de ayudar a la Santa Inquisición a proteger nuestro credo y liberarlo de la semilla luciferina que lo amenaza.

La cabeza de Sebastián daba vueltas. ¿Existían múltiples testimonios que avalaban tamaño disparate? ¿Cuántos testimonios eran «múltiples testimonios»? ¿Quién los había calumniado así? ¿Y por qué? Siempre pensó que sus vecinos los apreciaban y valoraban.

—Artículo tres y último. Ítem, digo y propongo que Sebastián Castro lidera una camarilla hereje perpetradora de sacrificios humanos que, luego de secuestrar, torturar y ejecutar a un infante vagamundo, le extirpó el corazón. Como prueba de esta felonía, se aporta el corazón cercenado que se halló en la escribanía donde labora el bachiller reo y criminoso. La sacrílega naturaleza del homicidio inhabilita a la jurisdicción ordinaria para pronunciarse sobre él y lo encuadra en las competencias de la Santa Inquisición.

»Ítem, aunque la fiscalía no acusa a Sebastián Castro de manera oficial, pues no se han encontrado evidencias al respecto, se le estima muy sospechoso de haber ultrajado, martirizado y asesinado a Candela Bouza, cuyo cadáver apareció junto al del vagamundo. A lo largo del procedimiento y según resulte del mismo, se determinará si este cargo ha de sumarse a los restantes.

Incapaz de asimilar la terrible realidad, Sebastián miró al fiscal ojisaltado, trémulo y descompuesto. ¿Había oído mal o de veras lo acusaban de liderar la Secta y cometer los Crímenes del Ritual? ¿Y qué demonios significaba que habían hallado un corazón en su escribanía?

—Ítem —prosiguió don Pedro de Cifuentes—. En habiéndose revelado Sebastián Castro como confitente negativo refutando los hechos de suerte contumaz e impenitente durante el trámite de amonestaciones, pido y suplico que, si luego de cursar el pleito en todas sus fases incluido el pertinente recibimiento a prueba, porfiare en tan recalcitrante actitud, sea puesto en cuestión de tormento para forzarle a manifestar lo que ahora en malicia calla y que el dicho tormento se reitere conforme a derecho hasta que de su boca brote verdad.

»Ítem, pido y suplico que una eventual superación del tormento sin confesión no redunde en perjuicio ni detrimento del material probatorio aportado e igualmente se dicte sentencia condenatoria.

Interrumpiendo la lectura, el fiscal bebió un poco de agua, se aclaró la garganta y continuó.

—Ítem, pido y suplico que se declaren veraces estas imputaciones y a Sebastián Castro, culpable de los delitos de herejía, apostasía, asesinato ritual, encubridor de herejes y perjurio.

»Ítem, pido y suplico que, como castigo propio y ejemplo de otros, se le imponga la pena de confiscación de bienes, excomunión mayor y relajación de su persona al brazo seglar de la ley para que, en el ejercicio de sus funciones, este le aplique el fuego purificador.

»Ítem, dada la gravedad de los hechos, pido y suplico al tribunal que decrete el calvario de la hoguera en vida y completo sentir y que solo autorice el piadoso garrote confesión plena mediante, consistiendo la dicha confesión en la admisión del crimen y la delación de cómplices.

»Es justicia que solicito jurando sobre las Sagradas Escrituras que ni artería ni maldad laten en la presente acusación.

Concluida la disertación, el fiscal enrolló el legajo, lo entregó al comisario y se sentó.

Mientras, bañado en un sudor frío, Sebastián tiritaba.

Un nudo de miedo instalado en el estómago le impedía respirar; los oídos rechazaban escuchar más enormidades generando un pitido ensordecedor; los ojos captaban el movimiento de manera extremadamente lenta, como si presenciasen una comedia vesánica difícil de asimilar, y su cerebro luchaba por mantener la cordura resistiéndose a creer que todo aquello giraba en torno a él.

—¿Deseáis alegar algo en defensa de estos gruesos cargos? —le preguntó el inquisidor en Corte—. Recordad que estáis bajo juramento.

—Cometéis un tremendo error —balbuceó Sebastián—. ¡Dios bendito! ¿Martirizar a un chiquillo? ¿Ultrajar a una doncella? ¡No concibo que me vinculéis a semejante brutalidad!

—Nosotros no os vinculamos a semejante brutalidad; lo hace el corazón desgarrado que han descubierto en vuestra escribanía.

—Eso es imposible. Yo nunca tendría una aberración así.

—Ocurre que la teníais —replicó el inquisidor, impasible—. ¿Cómo lo explicáis?

—No puedo explicar lo que no entiendo —musitó Sebastián, confundido y aterrado.

—Habladnos de Candela Bouza. ¿La estuprasteis, torturasteis y asesinasteis?

—Rotundamente, no. En mi vida he dañado a nadie.

—Localizaron su cadáver junto al del muchacho cuyas entrañas ocultabais en la escribanía.

—Me da igual dónde localizaron el cadáver. Os repito que en mi vida he dañado a nadie.

—¿Quién os asistió?

—Nadie me asistió en nada porque nada he hecho —gimió Sebastián, desesperado.

—No permitáis que la obcecación os ciegue —recomendó el inquisidor en tono condescendiente—. Aunque vuestra culpabilidad asoma fehaciente, este tribunal anhela rendiros misericordia, pero, sin confesión mediante, el reglamento nos traba el empeño. Necesitamos que reconozcáis los crímenes y desgloséis el nombre de los cómplices. Ahorraos fatigas y no nos obliguéis a llegar hasta el final. Podríais padecer mucho.

—¿Mi culpabilidad asoma fehaciente? —se sulfuró Sebastián—. ¿Acaso ya está todo decidido? ¿Qué ha leído el fiscal? ¿La acusación o la sentencia?

—Ha leído la acusación, mas trocará en sentencia si no colaboráis con la Justicia.

—¿Justicia? ¿A qué justicia os referís? Acabáis de tildar mi culpabilidad de fehaciente, señoría. Me habéis condenado antes de juzgarme.

—He dicho que vuestra culpabilidad asoma fehaciente, no que lo sea. Demostradnos que no lo es y quedaréis libre.

—¿Cómo demostrar lo que no ha sucedido? Me pedís una prueba diabólica contraria a derecho. La carga probatoria ha de recaer en quien afirma, no en quien niega. Si vuesa merced afirma que cometí esos crímenes, a vuesa merced corresponde acreditarlo.

—Hemos encontrado el corazón del párvulo asesinado entre vuestras posesiones —tronó el inquisidor, iracundo—. ¿Os parece parca evidencia?

Aunque el hallazgo en la escribanía del órgano mutilado se le antojaba una demencia indescifrable, Sebastián fue incapaz de rebatir tan contundente argumento y calló.

Los inesperados acontecimientos lo apabullaban de tal modo que ni siquiera recordó sus obsesivas conjeturas a propósito de Enrique Valcárcel. En la oscuridad del calabozo no cesaba de elucubrar y, cuanto más elucubraba, más se convencía de que aquel entuerto guardaba relación con él. Sin embargo, en ese angustioso momento, recién averiguada la barbaridad que enfrentaba, no lograba concentrarse y ni de lejos imaginó que la noche del asalto Enrique no se limitó a robar el testamento de don Pelayo; también le dejó un regalo mortal.

—No compliquéis las cosas y decidnos quién integra la liga hereje que capitaneáis junto a Margarita Carvajal —exhortó el inquisidor.

—¿Liga hereje? —repitió Sebastián en tono despectivo—. Nosotros solo capitaneamos una familia de bien. Además, si de veras ese corazón apareció en la escribanía, ¿por qué involucráis a mi esposa? Apareció en mis lares, no en los suyos. Carecéis de pruebas que la incriminen y, pese a ello, la habéis privado de libertad, prohibido la visita de un sacerdote, impedido escuchar el Evangelio e incluso vetado el sacramento de la comunión. De seguro no ignoráis el suplicio que supone para un cristiano adolecer de ese consuelo espiritual.

—Para un cristiano supone el peor de los suplicios; para alguien que finge serlo no lo creo.

—¡Mi esposa no finge ser cristiana! Tiene una fe berroqueña en Jesucristo.

—No come cerdo, los viernes limpia la casa a fondo, prepara guisos hebreos y varias personas la sorprendieron escarneciendo un crucifijo. ¿Describiríais así una fe berroqueña en Jesucristo?

—La carne de cerdo le altera el estómago y no la sorprendieron escarneciendo un crucifijo; la vieron tropezar con él. Fue un desafortunado accidente que en absoluto vulnera la ley.

—Las transgresiones legales de Margarita Carvajal se estudiarán en la causa de Margarita Carvajal y huelga decir que en ella no tenéis ni voz ni voto. Preocupaos, pues, de vuestra causa, porque os garantizo que os sobra el trabajo. Prosigamos. ¿Qué opináis de Lorenzo Santiesteban? Nos consta que comienza la faena al alba y dispone de bastante tiempo a solas en la escribanía hasta que vos arribáis. Si negáis saber nada del corazón, podría tratarse del asesino.

—No, señoría —rechazó Sebastián—. Lorenzo no mataría ni a una mosca.

—¿Y los criados Bieito y Teodora? Vuestra esposa os enviaba pitanza a través de ellos. Quizá en el trayecto metieron un hatillo siniestro en el capacho y os lo endilgaron sin que lo advirtieseis.

—Tampoco. Ni Lorenzo ni Bieito ni Teodora han quebrantado la ley nunca; mucho menos de modo tan virulento. Pongo la mano en el fuego por los tres.

—Porfiad en ese cerril talante y en el fuego pondréis algo más que la mano —amenazó el inquisidor, empezando a impacientarse—. Os plantearé otra posibilidad: Alonso Castro. Pasaba tardes enteras en la escribanía. Acaso aprovechó un despiste vuestro.

—¿Mi hijo? —saltó Sebastián, azorado—. ¿Habéis perdido la cabeza? ¡Virgen santa! ¡Pero si solo es un niño!

—Lucifer adora embrujar niños e incitarlos a perpetrar perfidias. Figuraos su deleite al convertir ángeles blancos en ángeles caídos.

—Os lo ruego, señoría. Hablamos de un muchacho inocente.

—Hablamos de un muchacho que lleva semanas huido de la Justicia. No parece la actitud propia de un inocente.

—Parece la actitud propia de un inocente asustado —apostilló Sebastián, reprimiendo un suspiro de alivio al verificar que no habían capturado a los zagales—. ¿Por qué lo buscáis? Los menores de catorce años están exentos de responsabilidad criminal y Alonso tiene trece.

—Circunstancia que no le impide aclararnos algunas cuestiones.

—Os imploro que no involucréis a mi entorno en este embrollo. Todos son cristianos devotos incapaces de lastimar a nadie.

—Entonces, explicadnos cómo ha llegado un corazón a vuestros dominios sin que ni vos ni las personas con paso franco en ellos lo hayan escondido allí. ¿Acaso se desenraizó solo de un cuerpo infantil, echó a volar y se agazapó en la escribanía de un cándido notario para jeringarle a él y a la cuadrilla de devotísimos cristianos que componen su entorno?

—No lo sé —murmuró Sebastián—. Palabra de honor que no lo sé.

—¿Insistís en mantener pertinaz silencio?

—Insisto en mantener pertinaz verdad. Soy inocente.

—De manera extraordinaria, voy a romper mi deber de confidencialidad y os voy a ofrecer una información que quizá os empuje a desistir de esa terquedad que tan flaco favor os hace. Lorenzo Santiesteban pena preso en las cárceles del Santo Oficio a la espera de comparecer ante este tribunal y responder algunas preguntas. Si confesáis, enumeráis a vuestros cómplices y su nombre no integra esa enumeración, lo liberaremos. En cambio, si perseveráis en negar lo evidente, continuará confinado y padeciendo. ¿De veras queréis sumar las congojas de un fiel ayudante al caudal de insidias que ya arrastráis?

—¿Habéis prendido a Lorenzo únicamente porque precisáis interrogarlo? —exclamó Sebastián, perplejo—. No podéis recluir a un ciudadano basándoos en tamaña futilidad. ¡Soltadlo de inmediato! ¡Él no ha cometido ningún delito!

—¿Eso significa que vos sí lo habéis cometido? —apremió el inquisidor, elevando la voz—. ¿Significa que vos sí habéis sesgado la vida de dos jóvenes invocando al demonio? ¿Significa que vos sí habéis saciado la sed de sangre de Belcebú celebrando rituales negros en su honor? ¡Admitidlo!

—¡No, no, no! Jamás admitiré esas barrabasadas.

—Las admitiréis, Sebastián. De una u otra forma, las admitiréis. Si no lo hacéis en voluntad, lo haréis en la cámara del tormento y os aseguro que no os trae a cuenta.

Resuelto a no ceder al miedo, Sebastián cerró los ojos e intentó pensar en un resquicio legal que le permitiera zafarse de aquellos frailes que, ya desde el principio, parecían convencidos de su culpabilidad. De repente, se le ocurrió una idea.

—Formulo excepción de incompetencia por falta de jurisdicción. En no habiéndose hallado tintes heréticos en el homicidio de Candela Bouza, el Santo Oficio adolece de competencia para enjuiciarlo. En consecuencia, solicito que el conflicto se diligencie en el marco de la jurisdicción civil.

—En primer lugar, aunque no se han hallado tintes heréticos en el homicidio de Candela Bouza, sus restos languidecían junto a los de un mancebo cuyo homicidio anda repleto de ellos, coyuntura que los hermana. En segundo lugar, el promotor fiscal no os imputa la muerte de la chica… de momento, sino la del mozo, muerte que sí compete al Santo Oficio. En tercer y último lugar, estáis empezando a colmar mi paciencia. Os aconsejo, pues, que aparquéis las florituras forenses y ¡confeséis de una buena vez!

—No confesaré pecados ajenos a mí —apuntó Sebastián sin arredrarse—. Reitero mi solicitud.

—En un exceso de piedad que en mi humilde opinión no merecéis, me tomaré la molestia de ilustraros sobre ciertos detalles de la jurisdicción civil —expuso el inquisidor en tono inquietante—. Si, luego de escucharlos, persistís en vuestra petitoria, este tribunal la cursará y acatará el fallo final. ¿De acuerdo?

—De acuerdo.

—Los detalles giran en torno a las celdas de las cárceles civiles y a la fase de tormento. En lo relativo a las celdas, resultan de tal fetidez que los internos comienzan a blasfemar en cuanto las ven para obtener la mudanza a las nuestras, bastante mejor acondicionadas. Así acontece en Toledo y, si bien el Santo Oficio todavía no dispone de cárceles propias en Madrid, las celdas que las prisiones civiles de la Villa nos asignan se arreglan conforme a las premisas inquisitoriales. He ahí la disparidad; una disparidad mayúscula, que Dios disculpe la vanidad de mi acotación. Además, lejos de instalaros en un habitáculo individual, compartiríais espacio con una veintena de maleantes que, según me han contado, dispensan atenciones muy poco cordiales a los violadores de criaturas.

»En lo relativo al tormento, mientras el Santo Oficio solo lo aplica clausurado el período de prueba y tras agotar todos los medios amables existentes, los jueces civiles acostumbran a imponerlo al inicio de la causa y, a diferencia de nosotros, lo imponen derrochando tanta saña que han acabado gestando una clase especial de tormento. Lo llaman tormento exquisito y os garantizo que no os placería experimentarlo. Decidnos, pues: ¿porfiáis en la excepción de incompetencia?

Sebastián reflexionó unos instantes. Aunque intuía que se trataba de una argucia para intimidarlo y obligarle a recular, porque ni enajenados los curas renunciarían a un caso tan goloso, imaginarse compartiendo celda con criminales de verdad o sufriendo un tormento exquisito y encima inminente le cuarteó el coraje y le disuadió de continuar tentando a la suerte.

—Está bien —claudicó en actitud derrotada—. Desisto de mi requerimiento y acepto la autoridad de este tribunal.

—Me alegro; en particular por vos, pues a fe que no disfrutaríais de la aventura. Y ahora os lo pediré una última vez: confesad vuestros crímenes.

—No puedo confesar una mentira.

—Como queráis —suspiró el inquisidor—. No insistiré más. Declaro evacuada la diligencia de acusación y recibo el pleito a prueba. Proceda el promotor fiscal a la ratificación testifical; asígnese al encausado un abogado de presos del Santo Oficio y désele al dicho abogado vista de los autos en la forma legalmente establecida para que prepare el alegato de defensa. Se levanta la sesión.

—¡Un momento! —interrumpió Sebastián—. No deseo un abogado de presos del Santo Oficio.

—¿Por qué razón? Un abogado de presos del Santo Oficio es un profesional íntegro y de intachable reputación.

—También es un asalariado de la Inquisición y no confiaré en alguien que cobra de quien me acusa. Mi esposa y yo contrataremos los servicios de un letrado independiente.

—Lo lamento, pero solo un abogado de presos del Santo Oficio puede asistir a los presos del Santo Oficio. De ahí el título de la dignidad.

—Querréis decir que solo un abogado de presos del Santo Oficio puede asistir al Santo Oficio fingiendo que asiste a sus presos… y de ahí el título de la dignidad.

—Ahorradnos las ironías, os lo ruego —espetó el inquisidor, airado—. No resultan graciosas ni tampoco de recibo.

—No pretendo ironizar ni resultar gracioso. Pretendo defender mis derechos.

—Vuestros derechos los defenderá un abogado de presos del Santo Oficio, os guste o no.

—¿Y cómo se llama ese abogado? —preguntó Sebastián en tono escéptico.

—Hay muchos. Os enseñaremos una lista de nombres y seleccionaréis el que os plazca. No obstante, sabed que, conforme a la normativa, las reuniones entre vuestro abogado y vos transcurrirán en presencia del comisario y un escribano del secreto encargado de transcribir la conversación.

—Solicito que la vista de los autos se me dé a mí en vez de al abogado. También solicito papel y pluma. La ley me permite redactar mi propio alegato de defensa.

—Obtendréis papel y pluma, pero los autos se mostrarán al letrado y a nadie más —sentenció el inquisidor.

—Sin los autos, no podré elaborar mi defensa, señoría —protestó Sebastián.

—Ya conocéis la acusación; es todo lo que precisáis para alegar lo que consideréis conveniente. Se os facilitarán diez cuartillas rubricadas por el escribano del secreto. Daréis las usadas al abogado y regresaréis las no usadas al escribano. ¿Está claro?

—Sí, señoría —acató Sebastián, frustrado.

—Se levanta la sesión —proclamó el inquisidor, agitando la campanilla—. Alguacil, lleváoslo y traed a la mujer.

Al enterarse de los delitos que les achacaban, Margarita sufrió un vahído y, cuando recobró la presencia de ánimo, rompió a llorar negándolo todo.

Imperturbable a sus lágrimas, el inquisidor la amenazó con el tormento si no colaboraba, amenaza que, lejos de instarla a colaborar, la sumió en una crisis de histeria de la que ya no lograron sacarla.

Al final, el inquisidor se rindió y despachó la diligencia ordenando la asignación de un abogado de presos del Santo Oficio.

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