Visas Eeuu No Inmigrantes

Visas Eeuu No Inmigrantes


Visas Eeuu No Inmigrantes

Iniciamos con éste una serie de artículos relativos al derecho migratorio de los E.U.. Entre otras, se apuntan ciertas vías para hacer inversiones, como todas y cada una de las cuestiones relativas a actividades empresariales en dicho país.

Son trabajos elaborados por el Doctor en Derecho D. Miguel Mirabal-Senra, hoy día , nuestro despacho cooperador en Miami, U.S.A..

La segunda fuente más grande de inversores para Florida (EEUU) es Europa, siendo la primera América Latina. Este artículo es un breve resumen de las Visas más favorecidas por los empresarios y también inversionistas en los E.U.. Con la crisis inmobiliaria y bancaria en el Estado de la Florida, cientos de nuevas ocasiones empresariales se han abierto para todos y cada uno de los niveles de inversionistas Europeos. La razón es fácil, el idioma ya que la lengua franca de negocios en Miami es el castellano, vuelos directos y diarios entre Madrid ( las Grandes capitales Europeas) y Miami, seguridad, estado de derecho y comodidades de inversión y también inmigración para los empresarios e inversionistas.  ¡Si se preguntan si hay inversiones para todos, la respuesta es rotundamente que SI! Se puede localizar en costos muy descontados o bien en remate pisos de gran lujo frente a las conocidas playas de “South Beach”, “Brickell Avenue”, hoteles y proyecto de condominios, y hasta bancos. Hacerlo es más fácil de lo que muchos empresarios y también inversores piensan, ya que existen muchos bufetes españoles situados en Miami que pueden aconsejarlos sobre las leyes de los 2 países.

Cuando el empresario o bien inversionista ya esté listo para empezar los trámites de adquirir o adquirir un negocio o inversión en Florida, hay que pensar en la forma más recomendable de tramitar una visa a EEUU para poder visitar frecuentemente y sin demoras en las líneas o bien preguntas interminables en la oficina de la inmigración americana, con el visado de turista o bien el programa de “Visa Waiver”. Las leyes de los EEUUA no contemplan una vivienda en verdad o bien una vivienda inmediata, salvo un cónyuge, padre o hijo mayor ciudadano de los EEUUA. El Código de Inmigración de los USA establece varias categorías de visas no-inmigrantes para aquellos extranjeros que desean entrar a los EEUUA por diferentes razones. Ciertas de estas le dejan al extranjero trabajar, bajo ciertas condiciones, en los EEUU. Todas y cada una son muy específicas en lo concerniente a las condiciones bajo las cuales el extranjero puede entrar y continuar en el país. El proceso de petición de las visas, y los periodos máximos de estancia también cambian. Algunas de las visas conceden algunos beneficios a los cónyuges e hijos menores de veintiuno mientras otras no.

Para las visas que ahora se detallan, no importa la ciudadanía o bien nacionalidad del extranjero, excepto para las visas E.  Para todas las demás todos los requerimientos y todos los requisitos se aplican igual, sin embargo el hecho de que sean portadores de determinados pasaportes. Al igual, aquellas personas que son ciudadanos de países a los que no les hace falta visa para entrar a los EEUUA como turistas, o bien como visitantes de negocios, deben cumplir con los mismos requisitos.

B1/2 Visitantes por turismo o bien negocio

E Inversionista o bien Negociante por Tratado

H Profesional

L Intercambio de Ejecutivo o bien Gerente

EB-5 dólares americanos 500k a $ 1 Millón Inversión Comercial o bien en Zona designada por el EEUU

En términos simplificados Visas para Empresarios y Inversionistas tienen estos caracteres.

La Visa B-1 es Visitante de Turismo y B-2 Visitantes por turismo/ negocio. B-2 es un Turista que viene a Estados Unidos con la pretensión de buscar algún negocio rentable.  Esto es con el sin el “Visa Waiver” que le otorgan de forma regular a los Europeos.  Esta visa es en general por noventa días y de manera fácil aprobada, mas la persona tiene que seleccionar B-1 simple turista o B-dos Turista con intenciones de buscar negocios. Si la del empresario o bien inversionista ya tiene su “Visa Waiver” concedido anteriormente por la embajada o bien consulado de los EEUU en su país, no tiene que hacer solamente que solo viajar a los EEUU sin aviso previo. El problema surge cuando el empresario o inversionista viaja con frecuencia a los USA, esto es múltiples veces por año, puede ser que le anulen su B-1/B-dos “Visa Waiver’. Este género de visa jamás se puede convertir en una vivienda o nacionalidad de los U.S.A..

La Visa E es para Inversor o bien Negociante por Tratado con los U.S.A.. España y los USA han firmado este tratado.  Inversores, comerciantes y sus empleados pueden recibir visas para abrir negocios. Tienen que venir de un país que tenga un tratado comercial con los E.U..

La Visa H1-B es para Profesional Trabajadores profesionales con por lo menos un grado de licenciatura (o su equivalente en experiencia), son elegibles para una visa si tienen un empleador y van a ser remunerados de la misma manera que un trabajador americano de su categoría. Con esta Visa el empresario o inversor puede aplicar para la residencia permanente en los E.U. tras tres años y a la Nacionalidad de los Estados Unidos tras 3 años.

La Visa L es llamada solamente para Intercambio de Ejecutivo o bien Gerente. Están disponibles para ejecutivos, gerentes y algunos empleados que son transferidos a los E.U. por compañías en el extranjero. Personas con este tipo de visa pueden pedir su residencia permanente sin precisar obtener un certificado de labor. Con esta Visa el empresario o bien inversionista puede aplicar para la residencia permanente en los USA tras tres años y para la Nacionalidad de los USA tras 3 años.

La Visa EB-1, se les otorga a Extranjeros con Excepcionales habilidades, Señalados Profesores, Investigadores y Ejecutivos. Éstas personas generalmente tienen ofertas de empleo, pero deben probar que ningún ciudadano americano podría desempeñar ese trabajo tan bien como . En el caso de demostrar que su vivienda es de interés nacional, los requerimientos para la oferta de trabajo y el certificado de tarea son suspendidos.

La Visa EB-3, se les da a Profesionales y Trabajadores Calificados.

Estas personas tienen una oferta de empleo y el empleador debe atestar el proceso para su certificado de labor.

La Visa EB-cinco es para Inversores que contemplan invertir $ 500k a $ 1 Millón en una Inversión Comercial o en Región designada por el Estados Unidos.  Bajo el acta de Inmigración del Congreso de 1990, se han dado diez,000 visas por año para inversores que generan empleo a 10 personas. Inversionistas bajo este programa invierten por lo menos $ 500,000 en áreas rurales, o áreas de desempleo, especialmente determinados y calificado por  el gobierno de los USA. abogado extranjeria online Con esta Visa el empresario o bien inversor puede aplicar para la vivienda permanente en los Estados Unidos después de dos años, y para la Nacionalidad de los Estados Unidos tras tres años.

En Conclusión:

La política de inmigración de los USA busca impulsar inversión y desarrollo de negocios. Por tal razón, la ley provee muchas alternativas de inmigración para inversionistas y ejecutivos extranjeros que procuran hacer negocios en los Estados Unidos si ellos pueden comprobar un legítimo o bien substancial negocio en los U.S.A.. Se recomienda que emplee a un abogado con conocimientos en el área de inmigración, a fin de que se encargue hacer todos y cada uno de los trámites de las visas.

Miguel F. Mirabal-Senra

Doctor en Derecho

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