Tampa Inmigración Abogado

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Tampa Inmigración Abogado

¿A usted o a un miembro de su familia le agradaría vivir, trabajar o ir a la escuela legalmente en los E.U.? ¿Tiene un familiar o bien amigo que enfrenta un proceso de deportación? ¿Está usted o alguien que conoce tratando de ganar una tarjeta de residencia y algún día convertirse en un ciudadano de los U.S.A.?

Los abogados de Lorenzo y Lorenzo están comprometidos a servirle en todas sus necesidades de inmigración, incluyendo mas no limitado a:

  • Naturalización y Ciudadanía
  • Green Card / Vivienda Permanente
  • Deportación y Remoción de Defensa
  • Detención y Fianza
  • Asilo
  • Ajuste de Estatus
  • Visas
  • Permisos de Trabajo
  • Ciudadanía y Naturalización

La forma más común para convertirse en un ciudadano de U.S.A. es mediante la naturalización. Usted puede ser elegible para recibir la ciudadanía de EE.UU. si:

  • Usted nació fuera de los Estados Unidos mas tiene 5 años de vivienda permanente en los EE.UU. y al menos la mitad de dicho tiempo estuvo físicamente presente en los EE.UU., sin períodos de ausencia de más de 6 meses.
  • Usted ha sido un residente permanente por tres años, quien actualmente está casado(a) con un ciudadano(a) de los EE.UU., y ha estado casado(a) con el mismo ciudadano(a) de los EE.UU. a lo largo de los últimos 3 años.
  • Usted ha servido en las Fuerzas Armadas de los EE.UU. por un mínimo de tres años.
  • Usted estuvo en servicio activo en las Fuerzas Armadas de EE.UU. durante la Primera Guerra Mundial, la Segunda Guerra Mundial, Corea, Vietnam o el Golfo Pérsico.
  • Usted estuvo casado(a) con un ciudadano de EE.UU. que murió a lo largo de un periodo de servicio activo venerable en las Fuerzas Armadas EE.UU.
  • Usted sirvió en un navío operado por los EE.UU. y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos cinco años.

  • Usted es un empleado o una persona contratada por el Gobierno de los EE.UU. y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos 5 años.
  • Usted es una persona que ejercita funciones ministeriales o sacerdotales de una confesión religiosa o una organización interdenominacional con una presencia válida en los EE.UU., y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos cinco años.
  • Usted es un cónyuge de un ciudadano de los EE.UU. que es uno de los siguientes: un miembro de las Fuerzas Armadas de EE.UU., un empleado de un instituto estadounidense de investigación reconocido por el Procurador General, un empleado de una organización internacional pública de la cual los Estados Unidos es un miembro por ley o tratado, un empleado de una firma o corporación de propiedad estadounidense dedicada al desarrollo del comercio exterior o el comercio de los U.S.A., una persona que ejerce funciones ministeriales o sacerdotales de una confesión religiosa o una organización interdenominacional con una valía o presencia en los EE.UU., y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos cinco años.

Buena orientación en temas de inmigración

“Muy buena atención de los abogados y el resto de los empleados. A cualquier hora que los precisas te responden y con la sencillez de hablar en castellano. Muy profesionales y me han brindado buenísima orientación en temas migratorios. Estoy realmente muy agradecida del equipo de trabajo de Lorenzo&Lorenzo P.A.”

M. Diaz, Cliente verificado

Deportación y Procedimiento de Revocación

Si usted o un ser querido encara un proceso de deportación o de separación, su vida podría mudar para siempre. Usted podría perder la capacidad de continuar con sus amigos y familia, sostener su empleo, y su vida con las libertades previstas en los U.S.A.. En esta situación, usted necesita efectiva representación de inmediato. Los abogados de Lorenzo y Lorenzo se esfuerzan para ofrecerle representación eficaz y personal contra dichos procedimientos de deportación. Llame el día de hoy para una consulta gratis con uno de nuestros abogados.

Por abogada extranjeria sant andreu de la barca , hay 4 categorías generales que sirven de base para el inicio de procedimientos de deportación:

  • Entrada al país sin la debida autorización, como una visa válida.
  • “Violaciones de estado” las cuales se producen cuando un inmigrante viola las condiciones de su admisión o bien trabaja ilegalmente en los Estados Unidos

  • Las personas con antecedentes penales o bien la pertenencia a ciertas organizaciones prohibidas
  • La petición de asilo ha sido denegada

Hay varias formas de ayuda disponibles cuando se encara un proceso de deportación: el asilo, la retención de expulsión, cancelación de la salida, ajuste de estatus, el aplazamiento de la revocación, renuncia bajo la sección 212 (c), doscientos doce (h), doscientos doce (I), y otros. Cada una de estas formas tiene sus requisitos que deben cumplirse y los que se aplican rigurosamente. Usted asimismo debe mostrar “elegibilidad discrecional”, lo que quiere decir que usted cumple con los requisitos de la ayuda que se solicita y asimismo que usted merece el tipo de alivio.

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(Nota: los artículos se presentan en Inglés)

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