Sede Electrónica

Sede Electrónica


Sede ElectróNicaQué es

Solicitud o bien obtención de documento en el que se haga constar la situación registral actual de una persona en el Padrón Municipal

de Habitantes. Si la persona interesada no figura en el Padrón en el documento se hará constar ese hecho como el tiempo

y los domicilios donde haya estado empadronada en Pamplona desde el año mil novecientos noventa y seis.

Quién puede efectuar el trámite

La persona interesada o bien otra en su nombre si se pide personalmente en la Oficina del Padrón del Ayuntamiento de Pamplona.
La persona titular del certificado digital si se utiliza el procedimiento electrónico.

Cómo realizar el trámite

ON LINE

Tramitar con certificado o Cl@ve

Al pulsar sobre el enlace si no ha accedido va a acceder a su Carpeta Ciudadana. Después un asistente le va a ir guiando y le solicitará

el tipo de volante que desea. En el momento en que se verifique su empadronamiento conseguirá al momento en su pantalla el volante firmado

electrónicamente. Además va a quedar depositado en el buzón de su carpeta ciudadana.

Tramitar sin certificado

Con esta opción va a acceder a una página donde va a poder solicitar el tipo de volante que precisa. En el momento en que se reciba su petición

en el Servicio de Atención al Ciudadano se le enviará el volante por correo postal a la dirección de PAMPLONA en la que la

persona interesada esté censada.

Importe

Gratuito.

Condiciones de solicitud

No hay plazos de solicitud.
Para conseguir el volante electrónicamente es preciso contar con de Certificado Digital.

CANALES DE SOLICITUD:
Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona: IMPRESCINDIBLE SOLICITAR CITA PREVIA TELEFÓNICAMENTE (010

o 948-420100) O bien TELEMÁTICAMENTE EN LA WEB MUNICIPAL.
Sede electrónica del Municipio de Pamplona (procedimiento electrónico - con certificado digital).
Para personas que ya no están censadas en Pamplona, por escrito vía email padron@pamplona.es o bien fax novecientos cuarenta y ocho-cuatrocientos veinte doscientos veintiseis.

Documentación a presentar

Si se pide personalmente en la Oficina del Padrón del Ayuntamiento de Pamplona, documento en vigor que acredite la identidad

de la persona a inscribir: documento de identidad, carnet de conducir de España, tarjeta de extranjero o pasaporte. pedir cita extranjeria Si el documento está caducado,

aportar petición de renovación. Si se solicita de un menor no emancipado, documento que acredite la filiación y representación

del menor: libro de familia o partida de nacimiento.
Autorización firmada y copia del DNI del interesado si se solicita en su representación en la Oficina

del Padrón del Ayuntamiento de Pamplona.
Para personas que ya no están empadronadas en Pamplona, petición por escrito vía mail (padrón@pamplona.es) o fax (novecientos cuarenta y ocho-420226)indicando

el domicilio donde quieren percibir el volante, y copia del documento de identidad.

Más información

ESTE TIPO DE VOLANTES SON DEMANDADOS PARA:
Permiso de residencia para extranjeros (Tipo: Certificado).
Adquisición de nacionalidad.
Renovación permiso de conducir.
Permiso de circulación.
Transferencias de automóviles.
Matriculación de nuevo vehículo.
Matrícula en guarderías.
Colegios.
Universidad.
Solicitud de residencia de protección oficial (Tipo: VPO con fecha de antigüedad en municipio).
Abono para piscinas municipales (familiar o individual).
Plazas de parking para residentes.
Condición civil de navarro (Registro Civil).
Matrimonio civil (Registro Civil).
Seguridad Social: cartilla de la Seguridad Social, solicitud de sueldo social, pensión no contributiva y otros.
Telefónica (descuento IRPF) (Tipo: volante con observaciones).
Delegación de Hacienda.
Becas y ayudas.
Descuentos en entradas de cine.
Carné de transportista.
Madera de Urbasa.
Asignación de letrado de oficio.
Puestos en mercadillos.
INEM, Bienestar Social, Servicios Sociales, IMSERSO y asistencia médico-farmacéutica.
Trámites judiciales y notariales (separación, declaración de herederos, etcétera).
Fé de vida.

Normativa

NORMATIVA LEGAL:
Ley que modifica la Ley de bases de Régimen local en relación con el Padrón Municipal (Ley 4/1996, de diez de enero; BOE 11

de 12/01/1996).
Real Decreto que modifica el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales a probado por el Real

Decreto ciento sesenta y nueve de 20 de diciembre; BOE catorce, de 16/01/1997).
Resolución sobre instrucciones técnicas a los Municipios sobre gestión del padrón municipal de 30 de enero de dos mil quince (BOE

setenta y uno de 24/03/2015).
PLAZO DE TRAMITACIÓN: inmediato.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier género de documentación complementaria para la adecuada

gestión del tramite.

Información relacionadaÓrgano gestor

Documentos asociados

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