Requisitos

Requisitos


Si eres dueño de una vivienda tienes que saber que tu seguro de hogar puede incluir una cobertura de seguro de impago de alquiler. Este seguro incluye diversas coberturas que respaldan al propietario de la vivienda en diferentes circunstancias, siendo una muy importante la que cubre el impago del alquiler de tu vivienda arrendada. Desde el instante en el que se sentencia el desahucio del inquilino, las cantidades impagadas por éste quedan cubiertas, siempre y cuando se haya producido el impago de 4 rentas mensuales sucesivas. las cantidades impagadas por el inquilino. Estas cantidades quedan cubiertas siendo la primordial aquella que cubre y su principal es hacerse responsable de las deudas que los inquilinos contraigan con él.

Para la contratación de este tipo de seguros, La única condición para que el seguro de impago de alquiler se haga cargo de las rentas pendientes es que el propietario deje a la compañía de seguros acostumbra a participar en la elección aprobación del inquilino a la hora de firmar el contrato del alquiler, por medio de un estudio de solvencia económica. De esta manera, con Este estudio se puede implicar el descarte descartar como inquilino a algunas personas. Ciertos requisitos a cumplir por el inquilino y el alquiler son los siguientes: Es decir, la compañía se responsabiliza de los impagos siempre y cuando el inquilino y las condiciones del alquiler cumplan con una serie de requisitos:

1. El inquilino no debe estar incluido en ninguna lista de deudores.

2. El importe del alquiler anualmente ha de ser inferior al cuarenta y cinco por ciento de los ingresos anuales que recibe el inquilino.

3. El contrato laboral del inquilino debe tener más de un año de duración.

EL SEGURO DE IMPAGO DE ALQUILER, ¿QUIÉN LO PAGA?

El seguro de impago de alquiler supone una protección para el dueño de la vivienda, por esta razón, también es un requisito que sea este el titular de la póliza y responsable del abono de las cuotas. Por otro lado, se trata de un beneficio que aporta valor al alquiler y calma para todas y cada una de las unas partes del contrato, merced a todas las ventajas que se explican ahora.

Un seguro para la protección de los pagos del alquiler, ante daños y en el caso de juicio

Los seguros de impago de alquiler están, sin duda, entre los mejor valorados por los propietarios. En concreto, por tres grandes ventajas:

UN FILTRO EFICAZ PARA ELEGIR INQUILINO

Una de los beneficios primordiales que podemos citar se da al principio del proceso y sirve como medida de prevención: una investigación de solvencia que sirve para seleccionar quién va a vivir en alquiler en tu residencia arrendada.

Tal y como hemos detallado, se trata de un requisito a fin de que la compañía se haga cargo de los posibles impagos, pero también se trata de una herramienta para elegir a un inquilino con bajo riesgo de impago, un filtro de carácter económico a través de el que se examina la aptitud para saber si el inquilino tiene realmente la capacidad para hacer en frente de la renta del alquiler.

ASEGURAS EL COBRO DE LA RENTA DE ALQUILER COBRO ‘SÍ O bien SÍ’ DE LA RENTA

La ventaja más evidente de este tipo de pólizas es que el dueño de la residencia arrendada, tiene su renta asegurada. Tanto de producirse por causas justificadas, como si no, el seguro aporta una singular protección de los pagos del alquiler.

Por supuesto, este seguro tiene un costo, lo que quiere decir que una vez descontado éste, el beneficio neto para el dueño por el alquiler de su vivienda es levemente inferior. Pero se trata de un ‘peaje’ que los arrendadores deben abonar para tener la tranquilidad de estar cubiertos si se da esta situación con el inquilino.

EL BUEN ESTADO DE LA VIVIENDA, GARANTIZADO

Aparte del impago de alquiler, los seguros de impago de alquiler acostumbran a tener muchas otras ventajas, en especial respecto a los daños.

¿Sabías que estos seguros cubren los actos salvajes por parte del inquilino? ¡Pues sí! En caso de que ciertos habitantes ocasione desperfectos en la vivienda, los daños quedan cubiertos, así sean intencionados o bien no. Y, como es lógico, también están incluyendo los actos vandálicos proveniente de otras personas extrañas.

Las posibles subidas del alquiler no tienen por qué ser proporcionales al IPC, conforme con la Ley de Alquileres Urbanos (LAU). Esta circunstancia, junto con la situación de la oferta y demanda del alquiler explica las fuertes subidas en el costo del alquiler que hemos experimentado en los últimos años. seguro del alquiler conducido a muchos inquilinos a forzar su nivel de ingresos para poder optar a una residencia, dando como resultado a usuales deudas con sus caseros.

Además, la LAU permite comenzar los pasos para el desalojo desde el primer mes de impago, lo que ha propiciado que miles y miles de propietarios se vean envueltos en procesos por este motivo. Si tienes un seguro de impago de alquiler, puedes contar con una cobertura de asistencia jurídica que, mediante especialistas, se encarga de los trámites precisos para resolver el posible conflicto.

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