Divorcios en España - Guía para extranjeros

Divorcios en España - Guía para extranjeros

Jhon



A continuación encontrarás las respuestas a algunas de las preguntas más comunes sobre el divorcio en España.


Por supuesto, el derecho de familia es un tema muy amplio ya que afecta a muchas de las relaciones personales y financieras más importantes que la gente suele tener.


De particular interés para muchos visitantes de la página web es el aspecto 'internacional' de estos asuntos.


Por lo tanto, se ha tratado de proporcionar información en este sentido, aunque no se puede sustituir el asesoramiento de un profesional que ejerza en este ámbito del Derecho de familia.


Si en algún momento siente la necesidad de hablar con un profesional, sólo tiene que ponerse en contacto con Herranz Ramia Abogados por teléfono o correo electrónico.


¿Qué es el divorcio y qué efectos tiene en España?

Técnicamente, el divorcio en España es uno de los métodos legítimos para poner fin a un matrimonio legalmente válido. En España no es necesario alegar ninguna causa o razón, aunque debe existir un decreto judicial y el matrimonio debe haber durado no menos de tres meses antes de que se iniciara el procedimiento.


Los principales efectos del divorcio en España son que, al poner fin al matrimonio, se extinguen las responsabilidades económicas conjuntas de los cónyuges frente a terceros, y que se pone fin al derecho a heredar los bienes de los ex cónyuges a su muerte.


¿Quién puede solicitar un divorcio en España y cómo afecta esto a los procedimientos?

Ambos cónyuges pueden solicitar el divorcio conjuntamente, en cuyo caso se conoce como divorcio de mutuo acuerdo (más comúnmente como divorcio express).


Alternativamente, uno de los cónyuges puede solicitar por sí solo la disolución del matrimonio, en cuyo caso se denomina divorcio contencioso.


La principal diferencia aquí es de gasto y tiempo.


La falta de acuerdo sobre el acuerdo de divorcio en particular puede requerir la negociación y la comunicación entre los abogados y la presentación de pruebas de terceros. Un divorcio de mutuo acuerdo puede concluirse en tan sólo unas semanas, mientras que un divorcio contencioso puede durar desde unos meses hasta más de un año.


Por lo tanto, siempre es preferible, por supuesto, seguir el curso del divorcio de "mutuo acuerdo" siempre que sea posible.


Si alguno de los cónyuges no es español, ¿cómo afecta esto a los procedimientos de divorcio?

En virtud del Reglamento Europeo 2201/2003, un tribunal español puede decidir sobre un procedimiento de divorcio que involucre a cualquier persona residente en España. Por lo tanto, cuando al menos uno de los cónyuges tiene su residencia habitual en España, los tribunales españoles pueden conocer del caso.


En cuanto a la ley aplicable, los artículos 9.2 y 107 del Código Civil español establecen que la ley aplicable es, en primer lugar, la ley del país del que ambos cónyuges son nacionales.


En caso de que no exista una nacionalidad común, la ley aplicable es la del Estado en el que ambos residan habitualmente en el momento del divorcio.


Por consiguiente, un matrimonio compuesto por una mujer española y un hombre británico tendría que aplicar la ley española de divorcio cuando ambos residen en España.

Mientras tanto, una pareja irlandesa que solicite el divorcio en España puede hacer que se aplique la ley irlandesa o solicitar que se aplique la ley española si así lo desean.


Cuando no hay nacionalidad común ni país de residencia común, se aplica la ley del estado en el que la pareja tuvo su última residencia habitual.


¿Es necesario viajar a España para que se concluya el proceso de divorcio?


No. Por supuesto que es necesario que las partes se comuniquen y que se firmen una serie de formularios y documentos, pero esto se puede gestionar por correo.


La ratificación del acuerdo de divorcio ante el juez normalmente requiere la presencia de ambos cónyuges.


Dicho esto, si uno o ambos cónyuges ya no viven en España, esto se puede llevar a cabo mediante la expedición de un poder a favor del procurador. Este poder debe ser especialmente dispuesto.



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