Derechos en las Redes Sociales

Derechos en las Redes Sociales

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Derechos en las Redes Sociales

2021-12-13 16:19:03 / web.radiorebelde@icrt.cu / Rita Karo


El mundo digital nos brinda un sinfín de posibilidades para conectar con personas, sucesos y contenidos desde los dispositivos portátiles y desde cualquier punto de la geografía. A través de múltiples plataformas sentimos como que la “felicidad” se encuentra al alcance de un like o un scroll infinito que nos conduce a los contenidos que nos gustan y atraen. Seguramente, en más de una ocasión te ha ocurrido que activas los datos móviles y ¡zaz!, eso que tanto buscabas y mencionaste hace dos minutos te aparece en pantalla. Sospechoso ¿verdad?

En realidad, por el funcionamiento de las redes sociales y muchas plataformas digitales, sus propietarios han sido cuestionados y acusados por violentar las normas de privacidad de los usuarios —por esta razón, se salvaguardan en el tedioso “aceptar todas las cookies” o nos sugieren leer las normas de seguridad y considerar si estamos de acuerdo en aceptar—. Como dice la frase: “es importante leer la letra pequeña del texto”; pero si no aceptamos, no accedemos o solo a contenidos parciales. Sin embargo, debes conocer que esta es una manera de respaldar el acceso a determinada información que ofreces al sitio. Por otro lado están los “relajados”, que alegan que “da igual, si ya estamos cogidos”, creencia real debido al contenido diario que ofrecemos a las plataformas. Por cada “me gusta”, contenido guardado, compartido alguien está ganando dinero, ya sea por los datos gratuitos que “subes” a tu perfil o por la permanencia en los sitios que visitas como internauta. O a los que acceden personas que la red detecta como cercanas a ti.

Cierto es que las redes sociales y el Internet es un negocio exitoso y millonario, y constituye un espacio dinámico y de multipropósito, donde puedes aprender, divertirte, informarte, socializar y entretenerte.

Sin embargo, sabiendo lo positivo que nos ofrece internet, me gustaría hacer una alerta sobre las conductas poco adecuadas que asumen determinados usuarios. Las redes sociales son un espacio más de la vida, un entorno donde nos comportamos y manifestamos como somos —para bien y para mal—; por ello, comparto con ustedes una de las conductas negativas más dañinas: el ciberacoso o ciberbullying, en inglés.

En este sentido, la Declaración Universal de los Derechos Humanos recoge en su Artículo 12 que: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.

El ciberacoso es el acoso que tiene lugar en dispositivos digitales, y puede ocurrir mediante mensajes de texto y publicaciones en aplicaciones, redes sociales, foros o juegos donde las personas pueden ver, participar o compartir contenido. Consiste principalmente en enviar, publicar o compartir contenido negativo, perjudicial, falso o cruel sobre otra persona. Esto puede incluir compartir información personal o privada sobre alguien más, provocándole humillación o vergüenza. Algunos acosos por Internet pasan a ser un comportamiento ilegal o criminal.

En los últimos tiempos, en Cuba podemos señalar “El caso de las dos felpitas”, donde las implicadas formaron parte de un hecho que se hizo viral, y donde se denigraba a la persona que vendió los productos (felpas para el cabello, y resultó que en el paquete faltaban dos unidades), exponiendo su nombre, lugar de residencia e incitando al odio, por un hecho que pudo resolverse a puertas cerradas o ante los jueces (exagerando). Por supuesto, la exaltación de quien demandaba en las redes iba orientada al respeto que muchas veces no tienen los vendedores “del comercio electrónico” en la Isla, quienes adulteran precios, cantidad, calidad…pero estos actos no ameritan la exposición pública, cuando existe el diálogo, y los tribunales.

Otros hechos son los de humillación y desacreditación al personal médico, siendo en muchos casos acusados de “asesinos”, sin pensar que son, en primer lugar, seres humanos y luego profesionales, representados por el Ministerio de Salud Pública, responsable de velar por el funcionamiento de los centros hospitalarios y servicios médicos.

Por lo tanto, exhibir en redes sociales puede significar la depresión y maltrato psicológico del acusado, quien no es declarado culpable hasta que las investigaciones pertinentes no demuestren lo contrario.

Ser educado y un ser humano digno implica actuar de manera responsable y acudir a las instituciones encargadas de juzgar.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos define:

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Source www.radiorebelde.cu

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