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MARTIN COUNTY CLERK

Clerk of Circuit Court Martin County

CASE #432007dr000884DRAXMX

Child Support Miguel Contreras – Plácida Yingling


RESPUESTA A SOLICITUD DE PLACIDA YINGLING

El día 27 de junio de 2019 la señora Placida Yingling introdujo en el archivo de este caso los documentos #253, #254#, #255, #256, #257, #258, #259, #260, #261, #262, #263, #264, #265, #266, #267, #268 y #269 en los cuales exige el pago de supuestas facturas pendientes. Además, en el documento #253, la señora Yingling solicita a esta Corte se le otorgue la cantidad de $8,972.63 por gastos de los niños y solicita una compensación de $9,996.00 por ausencia de tiempo compartido de mi parte con mis hijos, desde el año 2009.

LOS HECHOS

En el año 2000, Mrs Placida Yingling, mi hijo mayor Jesús Francisco Contreras y yo, nos residenciamos en Estados Unidos. En Venezuela ejercí como Ingeniero Estructural y Trader a través de la compañía Constructora IMC 90, C.A, dueña del 100% de las acciones de la compañía IMC USA 90, Corp constituida en Florida (Exhibit A). Desde esa fecha he realizado numerosos viajes para cumplir con mi trabajo y atender en Venezuela a mis ancianos padres, hoy ya fallecidos.

En o alrededor de septiembre de 2007, descubrí que mi pareja, la señora Plácida Suárez (desde 2013 Plácida Yingling, una vez se casó con su entonces amante), mantenía una relación sentimental secreta con el señor Forrest Yingling, el entonces Luteinant de la policía del condado de Martin County.

El día sábado, 15 de septiembre de 2007, le hice saber a la señora Yingling que yo estaba al tanto de la relación y ella lo reconoció. Una vez terminada la discusión, la señora Yingling abandonó la casa, se dirigió al Banco Washington Mutual y extrajo de la cuenta de la empresa IMC USA 90, Corp la cantidad de $25,000, sin la autorización de los propietarios de la empresa, representados en Venezuela con el 100% de las acciones por la Constructora IMC 90, C.A. La señora Yingling ocupaba un cargo nominal como Secretaria de IMCUSA90, Corp.  (Exhibit B)

El 25 de octubre de 2007, la señora Yingling me demandó para exigir la separación conyugal y la manutención infantil. (Ver Doc #2)

Yo busqué la asistencia del abogado Orlando González. El abogado me alertó que si denunciaba a la señora Yingling por haberse apropiado del dinero de la empresa, podría terminar en la cárcel, por lo cual decidí no actuar, por el bien de mis hijos. González me recomendó abandonar el hogar por ser un oficial de la policía el individuo con el cual Mrs. Yingling mantenía una relación extraconyugal. Así lo hice por el bien de mis hijos.

En la Mediación del 10 de julio de 2008, se acordó que (cita textual)  “Beginning in tax year 2008, and so long as the Father is current on all child support obligations, including is portion of unpaid medical bills, school supplies, and agreed upon extracurricular activities, each party shall be entitled to claim one child as a dependent for purposes of federal income tax. The Mother shall claim the older child and the Father shall claim the younger child. When the Mother is no longer able to claim the oldest child, the parties shall rotate the dependency exemption on the youngest child“. (Ver #Doc 65).

A pesar de la orden de esta Corte, la señora Yingling reclamó y cobró al IRS dinero indebidamente. Por ejemplo, en su declaración ante el IRS de 2009, la señora Yingling reclamó el pago de ambos niños indebidamente y recibió $4,124.00. Para ello, la señora Yingling ocultó de forma deliberada el apellido paterno de mis hijos y los declaró usando el apellido de soltera de la señora Yingling (el apellido Suárez). (Exhibit C).

Para la Declaración de Impuestos del año 2011, la señora Yingling intentó una vez más reclamar a los dos niños, fraude que no pudo ejecutar porque yo había realizado mi declaración de impuestos previamente incluyendo como corresponde, a mi hijo menor. (Exhibit D).

Más aún, estas actuaciones indebidas también se han extendido hasta la relación con mis hijos, logrando afectarla. La señora Yingling, llegó a solicitar a esta Corte el desestablecimiento de mi paternidad, con dos propósitos claros: apropiarse de más dinero y afectar la relación con mis hijos. Por ejemplo, la señora Yingling le exigió a las escuelas de mis hijos prohibir que yo pudiera retirarlos o dejarlos en sus escuelas, nunca facilitó el acceso a sus datos de rendimiento escolar, ni seguros médicos u otras actividades. La señora Yingling y mis hijos cambiaron de residencia a algún lugar y en alguna fecha desconocida para mí, y nunca me fue notificado el cambio, a pesar que mis números telefónicos y dirección de email es la misma desde hace más de 10 años.  

La señora Yingling también usó cargos criminales para alejarme de mis hijos. Por ejemplo, el 29 de septiembre de 2008, época en la cual ya estábamos separados, acudí inmediatamente a la casa de mi hijo menor, quien había sufrido un accidente en su escuela. Oficiales de policía llegaron y me informaron que no podía estar allí debido a que la señora Yingling solicitó una medida de restricción de acercamiento a la casa de mis hijos.

A pesar de esto y en función de sus propios intereses, luego de un tiempo la señora Yingling me invitó a esta casa en numerosas oportunidades para recoger y dejar habitualmente a mis hijos, lo cual se hizo con normalidad, incluso acordado en las comunicaciones por email. (Exhibit E)

Tres años después, la señora Yingling volvió a levantar cargos criminales en mi contra. El día 15 julio de 2011, me presenté como habitualmente se acordaba entre la señora Yingling y yo, a la casa de mis hijos para despedirme y entregarles documentos necesarios para el trámite de sus pasaportes, ya que yo viajaría a Venezuela al día siguiente. Me sorprendí al ver que mis hijos se encontraban solos porque la señora Yingling había viajado a Venezuela a realizarse una muy costosa cirugía estética. Una vez toqué el timbre, se presentó un oficial de policía en un carro particular que me abordó, me dijo algo en inglés que no entendí y luego me exigió retirarme del lugar, después de conducir un breve encuentro con mis hijos. Durante todo ese tiempo este oficial mantuvo constante comunicación telefónica con otro individuo. (Exhibit F). El oficial de policía testificó haber recibido una llamada del teniente Forrest Yingling para que se presentara en la residencia de mis hijos.

El 9 de noviembre de 2011, estando en Venezuela, recibí una comunicación de la compañía aseguradora Geico. Me informaron que una mujer que se identificó como “la señora Contreras” reportó que yo había tenido un accidente y ofreció todos mis datos personales y del seguro del carro. (Exhibit G)

Tuve que detener mi trabajo y regresar de urgencia a Estados Unidos. Al arribar al Aeropuerto Internacional de Miami el día 15 de noviembre de 2011, cuatro oficiales de la policía me tomaron en custodia, me encerraron en una pequeña sala, me empujaron contra la pared y me esposaron. Uno de los oficiales me comunicó que fui declarado en fuga. La razón fue que, a su regreso de Venezuela luego de realizarse una cirugía estética, la señora Yingling había levantado cargos criminales en mi contra, con base a la orden de restricción de 2008, siendo que ella aceptó y me invitó decenas de ocasiones a retirar y dejar a mis hijos en su casa. Por esta actuación de la señora Yingling me abrieron un expediente criminal y estuve preso hasta el día siguiente en la cárcel de Miami Dade, por mucho, lo más traumático que me ha ocurrido en la vida.

Durante este proceso me vi obligado a declararme no contest para no someter a mis hijos a ser interrogados en un proceso criminal en mi contra. En el informe de este caso, aparece el señor Forrest Yingling como testigo. Además, según se lee en las condiciones de mi liberación, se me prohíbe hacer cualquier tipo de contacto con la señora Yingling (físico, por fax, email o cualquier otro método). A partir de este momento abrigué siempre el temor de ver a mis hijos y que la señora Yingling volviera a tramar alguna trampa en mi contra.

Como es lógico, esta actuación de la señora Yingling me alejó aún más de mis hijos. Me sentí absolutamente indefenso ante este acoso judicial y abuso del sistema de justicia por parte de la señora Yingling en perjuicio de mi relación con mis hijos. Más aún, el 16 de diciembre de 2011 (Ver Doc #134), entabló otro reclamo en esta Corte, esta vez para solicitar el desestablecimiento de la paternidad y un nuevo reclamo de pagos de facturas.

Como puede verse en los archivos de este caso, la señora Yingling ha usado los servicios de esta Corte de forma incesante para reclamar dinero, desde 2007 hasta 2015, abusando de mi buena fe y responsabilidad en el pago de las obligaciones de mis hijos, con el propósito de lograr apropiarse de la mayor cantidad de dinero posible, incluso cometiendo actos ilegales a la vista de esta Corte.

Durante este nuevo proceso que comenzó en diciembre de 2011 y como dicta la ley, la señora Yingling entregó su Affidavit financiero, bajo juramento. Yo decidí investigar las grandes sumas de dinero que ella reclamaba y otras irregularidades. Descubrí que nuevamente la señora Yingling actuó indebidamente al no entregar los períodos contables de las cuentas bancarias y tarjetas de crédito completos y ocultar a esta Corte al menos los siguientes bienes y cuentas bancarias:

Properties

A Boat

Indiantown Property (More Than $55,000.00)

Quibox.Llc Business (More Than $30,000.00)


Accounts:

Wells Fargo Saving Xxxx2416 More Than $1,400.00

Wells Fargo Saving Xxxx2364 More Than $1,300.00

Bank Atlantic Checking Xxxx9986 More Than $14,000.00

Quibox Checking Xxxx9131 More Than $29,000.00

Quibox Saving Xxxx7427 More Than $700.00


Credit Cards:

Visa Wells Fargo Xxxx2999 (Only 3 months)

Chase Xxxx0585

(No Activity Jan-March 2012, but didn´t know about 2010-2011)

Ge Capital Retail Bank 6019-1918-0905-0522

Ge Capital Retail Bank Xxxx6496


Por todo esto, exigí a mi abogado, el señor Lance Richards, que solicitara a la señora Yingling la entrega de esta información que no incluyó en la declaración jurada que entregó a esta Corte. Mi abogado me recomendó no ejercer alguna acción porque la señora Yingling podría alegar olvido y dicho proceso significaría para mí mayor gasto de dinero. Sin embargo, se le exigió a la señora Yingling entregarlos demostrándose que ciertamente la señora Yingling había ocultado todas esas cuentas bancarias y bienes, que la Corte le ordenó entregar. (Ver Doc #191)

Pero eso no es todo. La señora Yingling también exigió durante la Mediación, el pago de facturas por gastos de los niños correspondientes a los años 2009, 2010 y 2011, como se puede ver en el documento de acuerdo de Mediación del 25 de septiembre de 2012 (Ver Doc #212). La señora Yingling presentó decenas de supuestas facturas, algunas escritas a mano, facturas duplicadas y otras exigiendo el pago de ropa de adultos, comida para perros, productos de higiene femenino como tampones, entre otros (EXHIBIT H). Más aún exigió en esta Corte el pago de facturas de productos que unos días después fueron devueltos a la tienda, lo cual constituye otra forma de fraude cometida por la señora Yingling.

Por ejemplo, el día 21 de agosto de 2011, la señora Yingling adquirió una computadora y sus accesorios en la tienda Barnes & Noble por un monto total de $300.78. La factura me fue enviada a mi correo electrónico exigiendo ese pago y también fue presentada en la Mediación. Sin embargo, el día 18 de septiembre de 2011 según consta en los estados financieros de su tarjeta de crédito que fueron entregados a esta Corte, se refleja la devolución del producto y el reintegro del dinero a su cuenta. (EXHIBIT I). A pesar de ello, la señora Yingling, me envió este reclamo de pago a mi email el 7 de noviembre de 2011 y también reclamó ese pago durante la Mediación de 2012. La señora Yingling vuelve a introducir esta factura en la Corte (Ver DOC #269, página 14).

Más aún, la señora Yingling, que ha salido airosa con facilidad en sus reclamos de pagos ante esta Corte por mi disposición a cumplir con los gastos de mis hijos por su bienestar, vuelve a actuar indebidamente y abusar de mi buena fe e introduce de nuevo en esta Corte esta factura falsa y las decenas de facturas ya pagadas durante el proceso de Mediación anterior, por lo que este reclamo constituye una nueva actuación fraudulenta por parte de la señora Yingling. (Ver Doc #259, #260, #261 Y #269). Como puede verse, la señora Yingling actúa de forma deshonesta e indebida que me ha afectado mis finanzas gravemente durante todos estos años al igual que la relación con mis hijos.

A pesar de que el reclamo de 2012 se arregló completamente en la Mediación (EXHIBIT J, Doc #213), específicamente, la señora Yingling exige nuevamente el pago de estas facturas ante esta honorable Corte, lo cual vuelve a ser un comportamiento deshonesto e injusto que además de afectarme, también ofende y se burla de la majestad de esta Corte en la cual debe prevalecer la justicia y la verdad. Exigir el pago de algo que ya fue pagado y mentir es un fraude y acerca a la señora Yingling a una actuación criminal por perjurio y exigencia de pago de deudas falsas.

A pesar de todas estas irregularidades y para de una vez poner fin a estos reclamos, yo acepté en la última Mediación del 25 de septiembre de 2012, pagar gastos de los niños de los años en discusión, 2009, 2010 y 2011, por un monto de $844.00, $1008.82 y $647.20 respectivamente, para dar por saldados los reclamos de esos años, siguiendo el consejo de mi abogado, a pesar que durante estos años también le envié cheques a la señora Yingling para pagar estas deudas, con base en lo que dicta el acuerdo de Mediación original. (Ver Doc #212). Mi disposición a cumplir con mis obligaciones fue rechazada por la señora Yingling quien se negó a recibir mis cheques de pago de los gastos extracurriculares de mis hijos, según lo acordado en el acuerdo de Mediación original de 2008. (EXHIBIT K). 

Por ejemplo, tan sólo desde el 25 de junio hasta el 29 de julio de 2009, la señora Yingling presentó siete (7) facturas de diferentes tiendas donde dice haber comprado 72 UNIFORMES para la escuela para vestir a mis dos hijos por un valor de $627.60 (EXHIBIT L). Algo parecido presentó para el 2010 y 2011. En esos tres años las facturas sumaban un valor de $7,309.81, que como se dijo, incluyen también el cobro de gastos en productos que unos días después fueron devueltos a la tienda, lo cual constituye otra forma de fraude.

El acuerdo de mediación por el cual se rige este tema dice explícitamente en el párrafo número 6 que “the parties agreed that as additional child support, that father will pay one half (1/2) of the minor children´s school supplies, not to exceed the sum of $250.00 per child as his share. Mother will provide receipts to father and father shall pay his share directly to mother within ten (10) days of his receipts”. (Ver Doc #65). Además, la madre debe proveer al padre por escrito el estimado de lo que podría gastar, antes de realizar el desembolso. Nada de esto ha sido cumplido por la señora Yingling.

Yo reclamé todas estas ilegalidades cometidas por la señora Yingling durante el último proceso de Mediación pero poco o nada logré. La Corte ordenó el uso del sistema del Family Wizard para poder llevar control sobre los gastos que la señora Yingling declaraba. Yo acepté pagar el registro de alrededor $200 al año. Sin embargo, la señora Yingling, a pesar de conocer la orden de la Corte y su obligación de usarlo, nunca lo hizo. (EXHIBIT M).

Otro aspecto que se discutió y se acordó durante esta Mediación y que nuevamente la señora Yingling exige hoy ante esta Corte, es el reclamo de más dinero porque mis visitas a los niños disminuyó luego de que la señora Yingling levantara cargos criminales en mi contra. La señora Yingling cambió la residencia de mis hijos sin notificarme y hasta hoy no conozco dónde viven mis hijos y además, siempre tuve temor, como se lo expresé a mis hijos y a mis abogados, de que la señora Yingling, que es además esposa de un policía, volviera a abusar del sistema de justicia y ejerciera otra acción criminal en mi contra, abusando además de mis dificultades para defenderme por mi poco dominio del idioma inglés.

Para compensar esta disminución de mis visitas y que la señora Yingling pudiera pagar los gastos de mis hijos, acepté en la última Mediación, cederle a la señora Yingling el dinero que me corresponde por reclamar el Income Tax Refund de mi hijo menor, (Ver Doc #212) dinero que la señora Yingling ha cobrado desde 2012 a la fecha. Es una gran cantidad de dinero que la señora Yingling ha recibido durante los últimos siete años y que de nuevo, intencionalmente olvida mencionar aquí en su reclamo y que supera con holgura los reclamos de pago de facturas hechos ante esta Corte, que nunca registró en el sistema de Family Wizard como le ordenaba la Ley y tampoco me los comunicó a mí. A pesar de ello, sigo contribuyendo con mis hijos. Por ejemplo, el pasado mes de febrero mi hijo menor me solicitó ayuda para comprar una nueva computadora para sus estudios por la cual pagué alrededor $1,000.00.

Es así como la señora Yingling ha recibido mucho más dinero extra de lo que vino a exigir a esta Corte, (sin olvidar la apropiación indebida de $25,000.00 perteneciente a la empresa), por la disminución de mis períodos de visita a mis hijos por una situación que ella misma provocó. Como se dijo antes, otra muestra es que la señora Yingling contrajo matrimonio con el señor Forrest Yingling el 21 de noviembre de 2013 según consta en los archivos de esta Corte y nunca me notificó el cambio de residencia de mis hijos como obliga la Ley, desde su anterior hogar en el 4747 SE Duval Dr, Stuart, a un sitio desconocido de Indiantown.

Al menos hasta donde puedo conocer, la señora Yingling percibe un buen sueldo como directiva de Castle Teaching Safe Parenting donde trabaja con el cargo de Families Safe Manager, sigue siendo la dueña de la casa ubicada en el 4747 SE Duval Dr, cuyo mortgage satisfizo en 2013 y hasta donde sé, está rentada. Además, la señora Yingling es la Principal y managing member de la empresa Quibox, LLC (EXHIBIT N) y en la actualidad es la responsable de Quibox, INC, que según información pública declara más de $100,000.00 anuales en income (EXHIBIT O). Además, conozco que mi hijo menor, trabaja desde al menos el año 2017.

En cuanto al reclamo que hace la señora Yingling por una cifra adeudada del Child Support por $3,000.00 (por los meses de diciembre hasta mayo), yo he saldado esa deuda. Expliqué ante esta Corte (Ver Doc #252) que yo acepté, tal y como dice la Mediación del 2008, pagar el Child Support de mi hijo menor hasta que se graduara en la High School, lo que ocurrió en mayo pasado. Después de cuatro intentos para pagar, la oficina del Child Support colectó el cheque N° 1368, por $2,500.00 (a razón de $500 por los meses de enero a mayo). Los $500 extras que reclama la señora Yingling, yo los cancelé en diciembre de 2018, tal y como expliqué. (EXHIBIT P). Nuevamente, la señora Yingling solicitó una medida de delincuencia en mi contra.

Lamento profundamente y me llena de vergüenza honorable Juez, venir ante esta Corte y exponer estos hechos. Sin embargo, creo conveniente dejar por sentado en esta Corte todas estas graves actuaciones de la señora Yingling, para afectarme gravemente y lograr destruir el lazo paterno con mis hijos, hoy adultos, en vez de, haber promovido el acercamiento entre mis hijos y yo y una relación saludable entre todos, más aun habiéndose dado la separación por su deshonestidad. Es por lo menos paradójico que la señora Yingling trabaje en el área de protección y salud familiar y haya promovido en el seno de su propia familia tanto efecto negativo en la relación de mis hijos conmigo.

Es por todo esto señora Juez, que le solicito a su honorable Corte ordene el cierre de este caso y dicte cualquier otra medida que alivie y subsane todas las irregularidades cometidas en contra de mi buena fe y disposición para cumplir con mis obligaciones para con mis hijos, al demostrarse que la señora Yingling ha hecho un reclamo indebido basado en facturas que ya fueron honradas y ha recibido una cifra muy alta de dinero para pagar con holgura los gastos de mis hijos en los años siguientes  y compensar la disminución del tiempo compartido con mis hijos como consecuencia de las acciones de mala fe y deshonestas ejecutadas por la señora Yingling, además de haberse apropiado de una gigantesca suma de dinero indebidamente de la empresa IMC USA 90, Corp. 


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